Member State report / Art11 / 2014 / D11 / Spain / NE Atlantic: Bay of Biscay & Iberian Coast

Report type Member State report to Commission
MSFD Article Art. 11 Monitoring programmes (and Art. 17 updates)
Report due 2014-10-15
GES Descriptor D11 Energy, incl. underwater noise
Member State Spain
Region/subregion NE Atlantic: Bay of Biscay & Iberian Coast
Reported by Ministerio de Agricultura, Alimentacion y Medio Ambiente
Report date 2015-05-03
Report access
Monitoring programme Monitoring programme name
MP_D11
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Monitoring programme Reference existing programme
Monitoring programme Marine Unit ID
Q4e - Programme ID
ABIES-SUD-RS_RuidoSubmarino
ABIES-SUD-RS_RuidoSubmarino
ABIES-NOR-RS_RuidoSubmarino
ABIES-NOR-RS_RuidoSubmarino
ABIES-NOR-RS_RuidoSubmarino
ABIES-NOR-RS_RuidoSubmarino
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ABIES-SUD-RS_RuidoSubmarino
ABIES-SUD-RS_RuidoSubmarino
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Q4f - Programme description
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
El programa RS tiene como objetivo evaluar el estado ambiental del medio marino en relación al descriptor 11, introducción de energía (incluido el ruido submarino), de acuerdo a los dos indicadores establecidos en la Decisión 2010/477/UE: la distribución temporal y espacial de ruido impulsivo (indicador 11.1.1) y ruido ambiente (indicador 11.2.1). En la Evaluación Inicial España no ha definido el nivel de referencia para el ruido antropogénico en el medio marino ni ha realizado una definición concreta del Buen Estado Ambiental asociado a este descriptor debido a la inexistencia de un registro sistemático de fuentes de ruido impulsivo, así como a la falta de información de base relativa a la distribución espacial del ruido ambiente en cada demarcación y su tendencia. Lo anterior va unido a la falta de conocimiento suficiente sobre los impactos en las especies más sensibles al ruido. Los últimos avances técnicos junto con el desarrollo por parte del Subgrupo Técnico (TSG-Noise) de una Guía Metodológica para la monitorización de ruido permiten plantear un programa de seguimiento del ruido adaptado a los indicadores de la Decisión. Para ello se va a realizar un programa de seguimiento para cada Demarcación Marina, formado por 5 subprogramas: RS1 y RS2 abordan los indicadores específicos para la evaluación del estado en base al descriptor 11. Adicionalmente se han incluido los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos). La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica citada se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. Finalmente, se incluye el subprograma de indicadores operativos del descriptor 11.
Q5e - Natural variability
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Q5d - Adequacy for assessment of GES Q5d - Adequate data
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Q5d - Adequacy for assessment of GES Q5d - Established methods
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Q5d - Adequacy for assessment of GES Q5d - Adequate understanding of GES
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Q5d - Adequacy for assessment of GES Q5d - Adequate capacity
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Q5f - Description of programme for GES assessment
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
El BEA del Descriptor 11 se evaluará a través de dos indicadores: RS-imp: Ruido impulsivo y RS-amb: Ruido ambiente El indicador RS-IMP recogerá la proporción de días y su distribución temporal y espacial a lo largo de un año natural en zonas de una determinada superficie (inicialmente recomendada en 15’ × 15’), en los que las fuentes de ruido antropogénico superen niveles que puedan producir en los animales marinos un impacto significativo (i.e. desplazamiento espacial), medidos en la banda de frecuencias de 10 Hz a 10 kHz como nivel de exposición sonora (en dB re 1 μPa2•s) o como nivel de presión sonora de pico (en dB re 1 μPapico) a un metro. Requiere la creación de un registro de ruidos de carácter impulsivo que incluya las fuentes de ruido que sobrepasen unos determinados umbrales de ruido establecidos en la Guía metodológica mencionada. Estos umbrales garantizan que todas las actividades con potencial de producir efectos significativos a nivel de población estarán incluidas en el registro. Se obtendrá, por lo tanto, una visión global de la ocurrencia de actividades generadoras de ruido impulsivo, que facilitará el estudio de su impacto acumulativo para poder, en una fase posterior, definir el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Este indicador ha sido aprobado como indicador común de OSPAR. El indicador RS-AMB mostrará el nivel promedio anual de ruido ambiente y su evolución en las bandas de frecuencia predefinidas. Combina mediciones reales y modelos de propagación. Permitirá generar los correspondientes mapas de ruido y evaluar la tendencia del indicador según diferentes escalas espacio-temporales. Del mismo modo los resultados de este indicador no serán concluyentes en relación al cumplimiento del buen estado ambiental ya que a día de hoy no se conoce el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno. Sin embargo la Guía metodológica sugiere, en aplicación del principio de precaución, la definición del buen estado ambiental basado en tendencias estables o decrecientes del ruido ambiente en los casos en que haya sospecha de que los niveles existentes son demasiado elevados o van en aumento.
Q5g - Gap-filling date for GES assessment
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Q5h - Plans to implement monitoring for GES assessment
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Este programa permitirán obtener el nivel de referencia de los dos indicadores, que en los dos casos estarán basados en la situación actual. Los resultados de ambos seguimientos no serán concluyentes en relación a si se cumple el Buen Estado Ambiental pero se considera que recogerán una información indispensable para mejorar el conocimiento en relación a las fuentes de ruido. Además será útil para la evaluación de los impactos del ruido en las poblaciones de especies más sensibles a esta presión y, como consecuencia, para definir de modo concreto el umbral entre el buen estado ambiental y el estado peor que bueno.
Q6a -Relevant targets Q6a - Environmental target
Q6a -Relevant targets Q6a - Associated indicator
Q6b - Adequacy for assessment of targets Q6b_SuitableData
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Q6b - Adequacy for assessment of targets Q6b_EstablishedMethods
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Q6b - Adequacy for assessment of targets Q6d_AdequateCapacity
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Q6c - Target updating
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Q6d - Description of programme for targets assessment
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4: Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4: Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4 : Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4: Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4: Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
El apartado 3 del documento VI.1.Indicadores realiza un análisis detallado de la relación entre los indicadores propuestos en los programas de seguimiento, con los respectivos objetivos ambientales y sus indicadores asociados. En ocasiones la relación es uno a uno, pero en otros casos se considera que un mismo objetivo ambiental podrá ser evaluado por uno conjunto de varios indicadores. De acuerdo a todo lo anterior este programa de seguimiento contribuye de modo directo al logro de los objetivos ambientales siguientes: - Objetivo ambiental B.3.4: Mejorar el conocimiento sobre el ruido submarino y otras entradas de energía en el medio marino, así como los impactos que generan en la biodiversidad marina. Además, guarda relación con los siguientes: - Objetivo ambiental A.1.9: Garantizar una vigilancia adecuada del medio marino a través de sistemas remotos y/o in situ. - Objetivo ambiental C.3.1: Mejorar el acceso a la información disponible sobre el medio marino, en particular en lo referente a los descriptores del buen estado ambiental, las presiones e impactos y los aspectos socioeconómicos, así como asegurar la calidad de esta información.
Q6e - Gap-filling date for targets assessment
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Q6f - Plans to implement monitoring for targets assessment
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.9: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.9: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.10: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.9: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.9: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Todo lo indicado en el apartado 5h se aplica igualmente en lo relativo a los objetivos ambientales. Se considera que la evaluación del Objetivo ambiental B.1.9: Garantizar que los niveles de ruido submarino no generan impactos significativos en la biodiversidad marina no podrá ser abordado adecuadamente, ya que a día de hoy no se cuenta con un indicador de impacto del ruido que sea robusto. El indicador que inicialmente se propuso en el reporting del artículo 10 (nº de casos registrados de impacto del ruido sobre la biota marina) ha sido descartado por el momento, ya que los expertos consultados lo consideran muy poco indicativo del impacto real del ruido. Está previsto que se trabaje en esta línea en los siguientes 6 años, en los grupos de trabajo existentes, por lo que se espera poder cubrir esta laguna en la revisión de 2020.
Q7a - Relevant activities
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Q7b - Description of monitoring of activities
Las actividades humanas se evaluarán a través de los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos), descritos en el apartado 12 de este documento. La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica del TG-Noise se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. En concreto se evaluarán los siguientes indicadores: Subprograma ACT5-Navegación: se hará seguimiento de la intensidad y densidad del tráfico marítimo por tipología de buques (indicador ACT.5-1); Subprograma ACT8-Hidrocarburos: En el caso de los sondeos exploratorios se recopilará información sobre el número de sondeos llevados a cabo, su localización y cuando sea posible, el espesor y superficie afectada por los depósitos de ripios y lodos que se generan en la fase riserless (indicador ACT.8-1). También se recopilará también información sobre la adquisición de sísmica realizadas en el marco de esta actividad (ACT.8-4).
Las actividades humanas se evaluarán a través de los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos), descritos en el apartado 12 de este documento. La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica del TG-Noise se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. En concreto se evaluarán los siguientes indicadores: Subprograma ACT5-Navegación: se hará seguimiento de la intensidad y densidad del tráfico marítimo por tipología de buques (indicador ACT.5-1); Subprograma ACT8-Hidrocarburos: En el caso de los sondeos exploratorios se recopilará información sobre el número de sondeos llevados a cabo, su localización y cuando sea posible, el espesor y superficie afectada por los depósitos de ripios y lodos que se generan en la fase riserless (indicador ACT.8-1). También se recopilará también información sobre la adquisición de sísmica realizadas en el marco de esta actividad (ACT.8-4).
Las actividades humanas se evaluarán a través de los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos), descritos en el apartado 12 de este documento. La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica del TG-Noise se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. En concreto se evaluarán los siguientes indicadores: Subprograma ACT5-Navegación: se hará seguimiento de la intensidad y densidad del tráfico marítimo por tipología de buques (indicador ACT.5-1); Subprograma ACT8-Hidrocarburos: En el caso de los sondeos exploratorios se recopilará información sobre el número de sondeos llevados a cabo, su localización y cuando sea posible, el espesor y superficie afectada por los depósitos de ripios y lodos que se generan en la fase riserless (indicador ACT.8-1). También se recopilará también información sobre la adquisición de sísmica realizadas en el marco de esta actividad (ACT.8-4).
Las actividades humanas se evaluarán a través de los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos), descritos en el apartado 12 de este documento. La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica del TG-Noise se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. En concreto se evaluarán los siguientes indicadores: Subprograma ACT5-Navegación: se hará seguimiento de la intensidad y densidad del tráfico marítimo por tipología de buques (indicador ACT.5-1); Subprograma ACT8-Hidrocarburos: En el caso de los sondeos exploratorios se recopilará información sobre el número de sondeos llevados a cabo, su localización y cuando sea posible, el espesor y superficie afectada por los depósitos de ripios y lodos que se generan en la fase riserless (indicador ACT.8-1). También se recopilará también información sobre la adquisición de sísmica realizadas en el marco de esta actividad (ACT.8-4).
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Las actividades humanas se evaluarán a través de los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos), descritos en el apartado 12 de este documento. La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica del TG-Noise se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. En concreto se evaluarán los siguientes indicadores: Subprograma ACT5-Navegación: se hará seguimiento de la intensidad y densidad del tráfico marítimo por tipología de buques (indicador ACT.5-1); Subprograma ACT8-Hidrocarburos: En el caso de los sondeos exploratorios se recopilará información sobre el número de sondeos llevados a cabo, su localización y cuando sea posible, el espesor y superficie afectada por los depósitos de ripios y lodos que se generan en la fase riserless (indicador ACT.8-1). También se recopilará también información sobre la adquisición de sísmica realizadas en el marco de esta actividad (ACT.8-4).
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Las actividades humanas se evaluarán a través de los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos), descritos en el apartado 12 de este documento. La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica del TG-Noise se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. En concreto se evaluarán los siguientes indicadores: Subprograma ACT5-Navegación: se hará seguimiento de la intensidad y densidad del tráfico marítimo por tipología de buques (indicador ACT.5-1); Subprograma ACT8-Hidrocarburos: En el caso de los sondeos exploratorios se recopilará información sobre el número de sondeos llevados a cabo, su localización y cuando sea posible, el espesor y superficie afectada por los depósitos de ripios y lodos que se generan en la fase riserless (indicador ACT.8-1). También se recopilará también información sobre la adquisición de sísmica realizadas en el marco de esta actividad (ACT.8-4).
Las actividades humanas se evaluarán a través de los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos), descritos en el apartado 12 de este documento. La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica del TG-Noise se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. En concreto se evaluarán los siguientes indicadores: Subprograma ACT5-Navegación: se hará seguimiento de la intensidad y densidad del tráfico marítimo por tipología de buques (indicador ACT.5-1); Subprograma ACT8-Hidrocarburos: En el caso de los sondeos exploratorios se recopilará información sobre el número de sondeos llevados a cabo, su localización y cuando sea posible, el espesor y superficie afectada por los depósitos de ripios y lodos que se generan en la fase riserless (indicador ACT.8-1). También se recopilará también información sobre la adquisición de sísmica realizadas en el marco de esta actividad (ACT.8-4).
Las actividades humanas se evaluarán a través de los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos), descritos en el apartado 12 de este documento. La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica del TG-Noise se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. En concreto se evaluarán los siguientes indicadores: Subprograma ACT5-Navegación: se hará seguimiento de la intensidad y densidad del tráfico marítimo por tipología de buques (indicador ACT.5-1); Subprograma ACT8-Hidrocarburos: En el caso de los sondeos exploratorios se recopilará información sobre el número de sondeos llevados a cabo, su localización y cuando sea posible, el espesor y superficie afectada por los depósitos de ripios y lodos que se generan en la fase riserless (indicador ACT.8-1). También se recopilará también información sobre la adquisición de sísmica realizadas en el marco de esta actividad (ACT.8-4).
Las actividades humanas se evaluarán a través de los subprogramas de actividades ACT 5 (Navegación) y ACT 8 (Exploración y explotación de hidrocarburos), descritos en el apartado 12 de este documento. La vinculación de estos dos subprogramas de actividades humanas a este programa se debe a que ambos aportarán datos muy valiosos para la cuantificación de los indicadores abordados por RS1 y RS2, sin que esto signifique que son las únicas actividades contempladas como generadoras de ruido en los mismos. En la evaluación inicial se identificaron las principales fuentes generadoras de ruido y en la Guía Metodológica del TG-Noise se recogen los tipos de fuentes que contemplan los indicadores de ruido. En concreto se evaluarán los siguientes indicadores: Subprograma ACT5-Navegación: se hará seguimiento de la intensidad y densidad del tráfico marítimo por tipología de buques (indicador ACT.5-1); Subprograma ACT8-Hidrocarburos: En el caso de los sondeos exploratorios se recopilará información sobre el número de sondeos llevados a cabo, su localización y cuando sea posible, el espesor y superficie afectada por los depósitos de ripios y lodos que se generan en la fase riserless (indicador ACT.8-1). También se recopilará también información sobre la adquisición de sísmica realizadas en el marco de esta actividad (ACT.8-4).
Q7c - Relevant measures
Q7e - Adequacy for assessment of measures Q7d - Adequate data
Q7e - Adequacy for assessment of measures Q7d - Established methods
Q7e - Adequacy for assessment of measures Q7d - Adequate understanding of GES
Q7e - Adequacy for assessment of measures Q7d - Adequate capacity
Q7e - Adequacy for assessment of measures Q7d - Addresses activities and pressures
Q7e - Adequacy for assessment of measures Q7d - Addresses effectiveness of measures
Q7d - Description of monitoring for measures
Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
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Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
Algunos de los objetivos ambientales que se aprobaron en 2012, contemplaban objetivos ambientales operativos, en el sentido del Anexo IV de la Dir 2008/56/UE, como•”relacionados con medidas de aplicación concretas que faciliten su ejecución”. Para la evaluación de la consecución de estos objetivos operativos se han propuesto un conjunto de 25 indicadores operativos (indicadores OP), cuya lista puede encontrarse en el Documento VI.1. Indicadores. Los indicadores OP relacionados directa o indirectamente con este programa RS son: - OP2: Existencia de sistemas de vigilancia del medio marino - OP8: Nº de estudios sobre ruido submarino - OP11: Nº de iniciativas de participación social y evaluación de sus resultados - OP12: Nº de iniciativas, proyectos y reuniones de coordinación - OP16: Grado de acceso y calidad de la información disponible sobre medio marino Esta propuesta de indicadores operativos contribuirá a conocer el avance de algunos de los objetivos ambientales operativos, pero no obstante, no se considera suficiente para evaluar la efectividad de las medidas, por lo que la propuesta de programas de seguimiento en lo relativo a la evaluación de las medidas quedará incompleto en este primer ciclo, o al menos hasta que no se haya desarrollado y aprobado los Programas de medidas correspondientes.
Q7f - Gap-filling date for activities and measures
By2020
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Q8a - Links to existing Monitoring Programmes
  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
  • Other
  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
  • Other
  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
  • Other
  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
  • Other
  • El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente realizó, entre 2013 y 2014, un inventario de programas de seguimiento existentes en España, que pudiesen estar generando información de utilidad para las estrategias marinas. El documento VI.2-Programas existentes analiza en detalle los programas existentes para cada descriptor. En el documento VI.3 se refleja los programas que finalmente se han considerado integrables en cada programa de seguimiento (en el caso del ruido submarino no se identificó ningún programa integrable).
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Reference sub-programme Sub-programme ID
ABIES-NOR-ACT-5_Navegacion
ABIES-NOR-ACT-5_Navegacion
ABIES-NOR-ACT-8_Hidrocarburos
ABIES-NOR-ACT-8_Hidrocarburos
ABIES-NOR-OP_ObjetivosOperativos
ABIES-NOR-OP_ObjetivosOperativos
ABIES-SUD-ACT-5_Navegacion
ABIES-SUD-ACT-8_Hidrocarburos
ABIES-SUD-OP_ObjetivosOperativos
Reference sub-programme Sub-programme name
Acute underwater noise - distribution, frequency and levels
Diffuse underwater noise - distribution, frequency and levels
Acute underwater noise - distribution, frequency and levels
Diffuse underwater noise - distribution, frequency and levels
Acute underwater noise - distribution, frequency and levels
Diffuse underwater noise - distribution, frequency and levels
Sea-based mobile activities (shipping, boating)
Sea-based mobile activities (shipping, boating)
Activities with permanent infrastructures (e.g. renewable energy, oil & gas, ports) or structural changes (e.g. coastal defences)
Activities with permanent infrastructures (e.g. renewable energy, oil & gas, ports) or structural changes (e.g. coastal defences)
Other
Other
Sea-based mobile activities (shipping, boating)
Activities with permanent infrastructures (e.g. renewable energy, oil & gas, ports) or structural changes (e.g. coastal defences)
Other
Q4g - Sub-programmes Sub-programme ID
ABIES-NOR-ACT-5_Navegacion
ABIES-NOR-ACT-5_Navegacion
ABIES-NOR-ACT-8_Hidrocarburos
ABIES-NOR-ACT-8_Hidrocarburos
ABIES-NOR-OP_ObjetivosOperativos
ABIES-NOR-OP_ObjetivosOperativos
ABIES-SUD-ACT-5_Navegacion
ABIES-SUD-ACT-8_Hidrocarburos
ABIES-SUD-OP_ObjetivosOperativos
Q4g - Sub-programmes Sub-programme name
Acute underwater noise - distribution, frequency and levels
Diffuse underwater noise - distribution, frequency and levels
Acute underwater noise - distribution, frequency and levels
Diffuse underwater noise - distribution, frequency and levels
Acute underwater noise - distribution, frequency and levels
Diffuse underwater noise - distribution, frequency and levels
Sea-based mobile activities (shipping, boating)
Sea-based mobile activities (shipping, boating)
Activities with permanent infrastructures (e.g. renewable energy, oil & gas, ports) or structural changes (e.g. coastal defences)
Activities with permanent infrastructures (e.g. renewable energy, oil & gas, ports) or structural changes (e.g. coastal defences)
Other
Other
Sea-based mobile activities (shipping, boating)
Activities with permanent infrastructures (e.g. renewable energy, oil & gas, ports) or structural changes (e.g. coastal defences)
Other
Q4k - Monitoring purpose
Activities
Activities
Activities
Activities
Measures
Measures
Activities
Activities
Measures
Q4l - Links of monitoring programmes of other Directives and Conventions
Ninguno
Ninguno
El convenio OSPAR obliga a España a enviar cierta información relacionada con esta actividad, entre la que se encuentra, por ejemplo, la producción bruta anual de hidrocarburos. Más información se puede consultar en la página web;http://www.ospar.org/content/content.asp?menu=00210305000000_000000_000000
El convenio OSPAR obliga a España a enviar cierta información relacionada con esta actividad, entre la que se encuentra, por ejemplo, la producción bruta anual de hidrocarburos. Más información se puede consultar en la página web;http://www.ospar.org/content/content.asp?menu=00210305000000_000000_000000
Directivas Hábitats y Aves. Convenio de OSPAR.
Directivas Hábitats y Aves. Convenio de OSPAR.
Ninguno
El convenio OSPAR obliga a España a enviar cierta información relacionada con esta actividad, entre la que se encuentra, por ejemplo, la producción bruta anual de hidrocarburos. Más información se puede consultar en la página web;http://www.ospar.org/content/content.asp?menu=00210305000000_000000_000000
Directivas Hábitats y Aves. Convenio de OSPAR.
Q5c - Features Q5c - Habitats
  • El programa RS no está diseñado para seguimiento de hábitats
  • HabitatsOther
  • El programa RS no está diseñado para seguimiento de hábitats
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  • El programa RS no está diseñado para seguimiento de hábitats
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  • El programa RS no está diseñado para seguimiento de hábitats
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  • El programa RS no está diseñado para seguimiento de hábitats
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  • El programa RS no está diseñado para seguimiento de hábitats
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Q5c - Features Q5c - Species list
  • El programa RS no está diseñado para el seguimiento de especies
  • FunctionalGroupOther
  • El programa RS no está diseñado para el seguimiento de especies
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  • El programa RS no está diseñado para el seguimiento de especies
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Q5c - Features Q5c - Physical/Chemical features
  • El programa RS no está diseñado para el seguimiento de elementos físico-químicos
  • PhysicalChemicalOther
  • El programa RS no está diseñado para el seguimiento de elementos físico-químicos
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Q5c - Features Q5c - Pressures
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
  • Noise
Q9a - Elements
  • Tráfico marítimo, zonas designadas para el fondeo, número de buques hundidos como consecuencia de accidentes de navegación
  • Tráfico marítimo, zonas designadas para el fondeo, número de buques hundidos como consecuencia de accidentes de navegación
  • Sondeos exploratorios, masa/potencia de hidrocarburos extraídos o inyectados, superficie de fondo sellada
  • Sondeos exploratorios, masa/potencia de hidrocarburos extraídos o inyectados, superficie de fondo sellada
  • Variable según los indicadores
  • Variable según los indicadores
  • Tráfico marítimo, zonas designadas para el fondeo, número de buques hundidos como consecuencia de accidentes de navegación
  • Sondeos exploratorios, potencia de hidrocarburos extraídos, superficie de fondo sellada
  • Variable según los indicadores
Q5a - GES criteria Relevant GES criteria
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
  • 11.1
  • 11.2
Q5b - GES indicators Relevant GES indicators
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
  • 11.1.1
  • 11.2.1
Q9b - Parameters monitored (state/impact) Species distribution
Q9b - Parameters monitored (state/impact) Species population size
Q9b - Parameters monitored (state/impact) Species population characteristics
Q9b - Parameters monitored (state/impact) Species impacts
Q9b - Parameters monitored (state/impact) Habitat distribution
Q9b - Parameters monitored (state/impact) Habitat extent
Q9b - Parameters monitored (state/impact) Habitat condition (physical-chemical)
Q9b - Parameters monitored (state/impact) Habitat condition (biological)
Q9b - Parameters monitored (state/impact) Habitat impacts
Q9b - Parameters monitored (pressures) Pressure input
  • Tipo
  • accidentalmente;Frecuencia
  • accidentalmente;Masa
  • contaminante
  • contaminante
  • de
  • de
  • de
  • vertido
  • vertido
  • vertidos
  • Tipo
  • accidentalmente;Frecuencia
  • accidentalmente;Masa
  • contaminante
  • contaminante
  • de
  • de
  • de
  • vertido
  • vertido
  • vertidos
  • Tipo
  • accidentalmente;Frecuencia
  • accidentalmente;Masa
  • contaminante
  • contaminante
  • de
  • de
  • de
  • vertido
  • vertido
  • vertidos
Q9b - Parameters monitored (pressures) Pressure output
  • Superficie
  • afectada
  • contaminación
  • de
  • de
  • episodios
  • la
  • por
  • presión/actividad;Número
  • Superficie
  • afectada
  • contaminación
  • de
  • de
  • episodios
  • la
  • por
  • presión/actividad;Número
  • Superficie
  • afectada
  • la
  • por
  • presión/actividad
  • Superficie
  • afectada
  • la
  • por
  • presión/actividad
  • Superficie
  • afectada
  • contaminación
  • de
  • de
  • episodios
  • la
  • por
  • presión/actividad;Número
  • Superficie
  • afectada
  • la
  • por
  • presión/actividad
Q9b - Parameters monitored (activity) Activity
  • Número
  • buque;Número
  • buques;Densidad
  • buques;Tipo
  • de
  • de
  • de
  • de
  • hundimientos
  • Número
  • buque;Número
  • buques;Densidad
  • buques;Tipo
  • de
  • de
  • de
  • de
  • hundimientos
  • Número
  • adquisición
  • campañas;Distancia
  • cubierta
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • emisión
  • emitidos
  • en
  • extraído;Potencia
  • extraído;Potencia
  • gas
  • hidrocarburo
  • hidrocarburo
  • inyectado;Número
  • la
  • los
  • pulsos
  • pulsos;Intensidad
  • sondeos;Masa
  • sísmica;Frecuencia
  • Número
  • adquisición
  • campañas;Distancia
  • cubierta
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • emisión
  • emitidos
  • en
  • extraído;Potencia
  • extraído;Potencia
  • gas
  • hidrocarburo
  • hidrocarburo
  • inyectado;Número
  • la
  • los
  • pulsos
  • pulsos;Intensidad
  • sondeos;Masa
  • sísmica;Frecuencia
  • Número
  • buque;Número
  • buques;Densidad
  • buques;Tipo
  • de
  • de
  • de
  • de
  • hundimientos
  • Número
  • adquisición
  • campañas;Distancia
  • cubierta
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • emisión
  • emitidos
  • en
  • extraído;Número
  • extraído;Potencia
  • hidrocarburo
  • hidrocarburo
  • la
  • los
  • pulsos
  • pulsos;Intensidad
  • sondeos;Masa
  • sísmica;Frecuencia
Q9b Parameters monitored (other) Other
  • Coordenadas
  • geográficas
  • Coordenadas
  • geográficas
  • /
  • A
  • Presencia
  • actuaciones;Número
  • actuación;Otros:
  • ausencia;%
  • catálogos;Número
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • determinar
  • espacios
  • especies
  • estudiados;%
  • estudios;Número
  • hidrológicos;%
  • hábitats
  • iniciativas;%
  • la
  • marinos
  • objeto
  • pesca
  • planes
  • productos
  • protegidos;Número
  • revisiones
  • trazados;Número
  • área;%
  • /
  • A
  • Presencia
  • actuaciones;Número
  • actuación;Otros:
  • ausencia;%
  • catálogos;Número
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • determinar
  • espacios
  • especies
  • estudiados;%
  • estudios;Número
  • hidrológicos;%
  • hábitats
  • iniciativas;%
  • la
  • marinos
  • objeto
  • pesca
  • planes
  • productos
  • protegidos;Número
  • revisiones
  • trazados;Número
  • área;%
  • Coordenadas
  • geográficas
  • %
  • /
  • A
  • actuaciones;Número
  • actuación;Número
  • ausencia
  • catálogos;Otros:
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • de
  • determinar;Presencia
  • espacios
  • especies
  • estudiados;%
  • estudios;Número
  • hidrológicos;%
  • hábitats
  • iniciativas;Número
  • la
  • marinos
  • objeto
  • pesca
  • planes
  • productos
  • protegidos;%
  • revisiones
  • trazados;Número
  • área;%
Q41 Spatial scope
Aguas costeras DMA;Aguas territoriales;ZEE
Aguas costeras DMA;Aguas territoriales;ZEE
Aguas territoriales;ZEE
Aguas territoriales;ZEE
Parte terrestre EM;Aguas territoriales;ZEE;Aguas interiores;Aguas exteriores
Parte terrestre EM;Aguas territoriales;ZEE;Aguas interiores;Aguas exteriores
Aguas costeras DMA;Aguas territoriales;ZEE
Aguas territoriales;ZEE
Parte terrestre EM;Aguas territoriales;ZEE;Aguas interiores;Aguas exteriores
Q4j - Description of spatial scope
El subprograma se centra en la recopilación de información de las actividades de navegación desarrolladas en mar abierto, en aguas de la demarcación.
El subprograma se centra en la recopilación de información de las actividades de navegación desarrolladas en mar abierto, en aguas de la demarcación.
El subprograma cubre toda la Demarcación.
El subprograma cubre toda la Demarcación.
Toda la Demarcacación marina. Variable según los indicadores empleados.
Toda la Demarcacación marina. Variable según los indicadores empleados.
El subprograma se centra en la recopilación de información de las actividades de navegación desarrolladas en mar abierto, en aguas de la demarcación.
El subprograma cubre toda la Demarcación.
Toda la Demarcacación marina. Variable según los indicadores empleados.
Marine Unit IDs
  • ABI-ES-SD-SUD
  • ABI-ES-SD-SUD
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-NOR
  • ABI-ES-SD-SUD
  • ABI-ES-SD-SUD
  • ABI-ES-SD-SUD
Q4h - Temporal scope Start date- End date
-
-
-
-
-
-
2014-9999
2014-9999
2014-9999
2014-9999
2015-9999
2015-9999
2014-9999
2014-9999
2015-9999
Q9h - Temporal resolution of sampling
  • Depende del parámetro
  • Other
  • Depende del parámetro
  • Other
  • Yearly
  • Yearly
  • 6yearly
  • 6yearly
  • Depende del parámetro
  • Other
  • Yearly
  • 6yearly
Q9c - Monitoring method
Tráfico marítimo: El análisis de todos los parámetros asociados al mismo se hará mediante el procesado de datos AIS. Zonas designadas para el fondeo: el cálculo de los parámetros se basará en la información contenida en las cartas náuticas electrónicas publicadas por el Instituto Hidrográfico de la Marina. En las áreas de fondeo más abiertas, se valorará la posibilidad de determinar las áreas reales que usan los buques para el fondeo zonas en base a datos AIS. Número de buques hundidos como consecuencia de accidentes de navegación: Se evaluará con la información facilitada por la autoridad competente.
Tráfico marítimo: El análisis de todos los parámetros asociados al mismo se hará mediante el procesado de datos AIS. Zonas designadas para el fondeo: el cálculo de los parámetros se basará en la información contenida en las cartas náuticas electrónicas publicadas por el Instituto Hidrográfico de la Marina. En las áreas de fondeo más abiertas, se valorará la posibilidad de determinar las áreas reales que usan los buques para el fondeo zonas en base a datos AIS. Número de buques hundidos como consecuencia de accidentes de navegación: Se evaluará con la información facilitada por la autoridad competente.
Se utilizará la información suministrada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en ocasiones hecha pública a través de distintas páginas web, se analizará buscando tendencias y se representará en forma de mapa cuando sea posible
Se utilizará la información suministrada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en ocasiones hecha pública a través de distintas páginas web, se analizará buscando tendencias y se representará en forma de mapa cuando sea posible
En el documento VI.1 se han propuesto un total de 25 indicadores (indicadores “OP”) que serán utilizados para evaluar la consecución de los objetivos ambientales operativos. Su fuente de información será, en la mayoría de los casos, de tipo estadístico. Este subconjunto de indicadores puede considerarse como el “germen” de los subprogramas de seguimiento relativos a los programas de medidas. Como tal, es esperable que el subprograma vaya enriqueciéndose y sea moldeado una vez los programas de medidas hayan sido aprobados (lo cual está previsto para finales del año 2015) y puestos en marcha (a partir de 2016)
En el documento VI.1 se han propuesto un total de 25 indicadores (indicadores “OP”) que serán utilizados para evaluar la consecución de los objetivos ambientales operativos. Su fuente de información será, en la mayoría de los casos, de tipo estadístico. Este subconjunto de indicadores puede considerarse como el “germen” de los subprogramas de seguimiento relativos a los programas de medidas. Como tal, es esperable que el subprograma vaya enriqueciéndose y sea moldeado una vez los programas de medidas hayan sido aprobados (lo cual está previsto para finales del año 2015) y puestos en marcha (a partir de 2016)
Tráfico marítimo: El análisis de todos los parámetros asociados al mismo se hará mediante el procesado de datos AIS. Zonas designadas para el fondeo: el cálculo de los parámetros se basará en la información contenida en las cartas náuticas electrónicas publicadas por el Instituto Hidrográfico de la Marina. En las áreas de fondeo más abiertas, se valorará la posibilidad de determinar las áreas reales que usan los buques para el fondeo zonas en base a datos AIS. Número de buques hundidos como consecuencia de accidentes de navegación: Se evaluará con la información facilitada por la autoridad competente.
Se utilizará la información suministrada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en ocasiones hecha pública a través de distintas páginas web, se analizará buscando tendencias y se representará en forma de mapa cuando sea posible.
En el documento VI.1 se han propuesto un total de 25 indicadores (indicadores “OP”) que serán utilizados para evaluar la consecución de los objetivos ambientales operativos. Su fuente de información será, en la mayoría de los casos, de tipo estadístico. Este subconjunto de indicadores puede considerarse como el “germen” de los subprogramas de seguimiento relativos a los programas de medidas. Como tal, es esperable que el subprograma vaya enriqueciéndose y sea moldeado una vez los programas de medidas hayan sido aprobados (lo cual está previsto para finales del año 2015) y puestos en marcha (a partir de 2016)
Q9d - Description of alteration to method
Q9e - Quality assurance
  • El aplicado por la autoridad competente en la ejecución de la actividad o por la autoridad ejecutora durante el análisis de los datos
  • Other
  • El aplicado por la autoridad competente en la ejecución de la actividad o por la autoridad ejecutora durante el análisis de los datos
  • Other
  • El aplicado por las autoridades competentes en la ejecución de la actividad.
  • Other
  • El aplicado por las autoridades competentes en la ejecución de la actividad.
  • Other
  • A determinar
  • National
  • A determinar
  • National
  • El aplicado por la autoridad competente en la ejecución de la actividad o por la autoridad ejecutora durante el análisis de los datos
  • Other
  • El aplicado por las autoridades competentes en la ejecución de la actividad.
  • Other
  • A determinar
  • National
Q9f - Quality control
OtherQC
OtherQC
OtherQC
OtherQC
OtherQC
OtherQC
OtherQC
OtherQC
OtherQC
Q9g - Spatial resolution of sampling Q9g - Proportion of area covered %
Q9g - Spatial resolution of sampling Q9g - No. of samples
Entre el 75-100 %, dependiendo del parámetro
Entre el 75-100 %, dependiendo del parámetro
El subprograma cubre el 100% de la Demarcación.
El subprograma cubre el 100% de la Demarcación.
Se cubrirá la información disponible para la totalidad de la demarcación marina.
Se cubrirá la información disponible para la totalidad de la demarcación marina.
Entre el 75-100 % de la demarcación, dependiendo del parámetro
El subprograma cubre el 100% de la Demarcación.
Se cubrirá la información disponible para la totalidad de la demarcación marina.
Q9i - Description of sample representivity
El análisis de los datos será igual para toda la demarcación, no hay zonas que requieran de una mayor frecuencia de muestreo espacial o temporal.
El análisis de los datos será igual para toda la demarcación, no hay zonas que requieran de una mayor frecuencia de muestreo espacial o temporal.
El subprograma tiene como objeto realizar un seguimiento de la actividad de exploración y explotación de hidrocarburos en la Demarcación.
El subprograma tiene como objeto realizar un seguimiento de la actividad de exploración y explotación de hidrocarburos en la Demarcación.
El análisis de los datos será igual para toda la demarcación, no hay zonas que requieran de una mayor frecuencia de muestreo espacial o temporal.
El subprograma tiene como objeto realizar un seguimiento de la actividad de exploración y explotación de hidrocarburos en la Demarcación.
Q10a - Scale for aggregation of data
  • Other
  • Other
  • EU
  • EU
  • Other
  • Other
  • Other
  • EU
  • Other
Q10b - Other scale for aggregation of data
Nivel estatal
Nivel estatal
En función de los datos producidos por cada Estado Miembro y las metodologías aplicadas, los datos podrían ser agregados a nivel de la Unión Europea.
En función de los datos producidos por cada Estado Miembro y las metodologías aplicadas, los datos podrían ser agregados a nivel de la Unión Europea.
Nacional / Demarcación marina
Nacional / Demarcación marina
Nivel estatal
En función de los datos producidos por cada Estado Miembro y las metodologías aplicadas, los datos podrían ser agregados a nivel de la Unión Europea.
Nacional / Demarcación marina
Q10c - Access to monitoring data Q10c - Data type
DataProducts
DataProducts
ProcessedData
ProcessedData
ProcessedData
ProcessedData
DataProducts
ProcessedData
ProcessedData
Q10c - Access to monitoring data Q10c - Data access mechanism
LocationNationalDC
LocationNationalDC
LocationNationalDC
LocationNationalDC
LocationNationalDC
LocationNationalDC
URLdownload
LocationNationalDC
LocationNationalDC
Q10c - Access to monitoring data Q10c - Data access rights
Open
Open
Open
Open
Open
Open
Open
Open
Open
Q10c - Access to monitoring data Q10c - INSPIRE standard
Q10c - Access to monitoring data Q10c Date data are available
2017-01
2017-01
2017-01
2017-01
2017-01
2017-01
2017-01
2017-01
2017-01
Q10c - Access to monitoring data Q10c - Data update frequency
6yearly
6yearly
Yearly
Yearly
6yearly
6yearly
6yearly
Yearly
6yearly
Q10d - Description of data access
Los datos serán almacenados en un repositorio nacional, cuya consulta será abierta.
Los datos serán almacenados en un repositorio nacional, cuya consulta será abierta.
Los datos serán almacenados en un Repositorio nacional, cuya consulta será abierta.
Los datos serán almacenados en un Repositorio nacional, cuya consulta será abierta.
Previa solicitud.
Previa solicitud.
Los datos serán almacenados en un repositorio nacional, cuya consulta será abierta.
Los datos serán almacenados en un Repositorio nacional, cuya consulta será abierta.
Previa solicitud.